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on el fin de cumplir con los criterios de salud pública que aconsejan restringir la movilidad de la población mientras dure la pandemia del coronavirus, la Agencia Tributaria de Cataluña (ATC) ha puesto en marcha dos nuevas iniciativas dirigidas a mejorar los servicios que ofrece y acercarlos a la ciudadanía. Por un lado, ha ampliado los canales de pago a disposición de los ciudadanos a lo largo de todo el territorio, a través de la red de oficinas informatizadas de Correos; y, por otro, ha activado un nuevo dispositivo —“L’ATC us truca”— que permitirá a los contribuyentes presentar determinadas declaraciones telefónicamente.
Así, desde el lunes 5 de octubre los contribuyentes pueden utilizar cualquiera de las 2.393 oficinas postales que Correos tiene distribuidas por todo el Estado, especialmente las 315 oficinas informatizadas que hay en Catalunya, para ingresar el importe de sus liquidaciones a la ATC.
De acuerdo con el Convenio suscrito entre la Agencia Tributaria de Cataluña y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, el pago de los tributos u otros ingresos de derecho público, la gestión recaudatoria de los cuales corresponda a la Generalitat o le haya sido atribuida o encomendada por otros entes y administraciones públicas, se podrá hacer efectivo mediante un giro postal en la modalidad de ingreso en una de las cuentas de las que la ATC sea titular en sus entidades colaboradoras. Próximamente, se podrán pagar también autoliquidaciones.
El pago del tributo o el ingreso de derecho público se considerará efectuado en la fecha en la que el giro postal sea efectuado por el cliente de Correos, con independencia de la fecha en que los fondos sean ingresados en una cuenta de la ATC. Correos cobrará a sus clientes la tarifa fija estipulada para el servicio de giro con la Agencia Tributaria de Cataluña (actualmente 1,95 € / giro).
La autoliquidación de los impuestos de transmisiones y donaciones, ahora por teléfono
Por otra parte, la Agencia ha activado el dispositivo “L’ATC us truca“, con un equipo de 20 profesionales tributarios que se ponen a disposición de la ciudadanía para ayudarles a presentar las declaraciones tributarias por teléfono. El contribuyente que quiera recibir este servicio debe pedir cita previa a través del teléfono 93 551 51 51, dentro del horario de 8:30 a 14 h (excepto sábados y festivos).
Una vez comprobado que, efectivamente, la autoliquidación se puede hacer por teléfono, un técnico de la ATC se pondrá en contacto con el solicitante para informarle de la documentación que necesita para poder hacer la autoliquidación y darle día y hora para la cita previa telefónica.
Las autoliquidaciones que se pueden tramitar por teléfono son las de transmisiones de vehículos de segunda mano (modelo 620), salvo las transmisiones de embarcaciones usadas y de los vehículos que no figuren en la Orden que anualmente publica el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas; las transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (modelo 600) y las donaciones (modelo 651).
Las transmisiones patrimoniales y las donaciones sólo se podrán realizar por teléfono cuando la operación se haya ya formalizado en un documento notarial y la cita previa se deberá pedir transcurridos 10 días desde la firma del documento (es el plazo que tiene la notaría para hacer llegar a la ATC la ficha notarial).