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Todas las empresas o profesionales autónomos pueden beneficiarse de este plan. ©123RF

Las ayudas a la solvencia empresarial se pueden solicitar hasta el 30 de julio

Empresas y autónomos de cualquier actividad afectados por la Covid-19 en 2020 pueden hasta este viernes concurrir a la nueva convocatoria

Este viernes 30 de julio finaliza el plazo para solicitar las ayudas extraordinarias directas del Govern a la solvencia empresarial, destinadas a empresas y profesionales autónomos con un fuerte endeudamiento en 2020 debido a la Covid-19. Se trata de una convocatoria que incluye todas las actividades, fruto del acuerdo con los agentes sociales, a fin de apoyar a los sectores afectados por la crisis, con una dotación de 463 millones de euros. Las solicitudes se pueden presentar telemáticamente a través del portal Canal Empresa.

La inscripción previa es el único trámite que hay que hacer para optar y los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos se pueden beneficiar de las ayudas hasta que se agoten los fondos. En la concesión no se tendrá en cuenta el orden cronológico de presentación.

Los importes concedidos serán de hasta 3.000 euros si se tributa por módulos, y de entre 4.000 y 200.000 euros para el resto de empresas y profesionales. La ayuda no será en ningún caso mayor que la deuda acreditada.

Unas ayudas fruto del pacto con los agentes sociales

Esta línea de ayudas es fruto de un acuerdo del Govern con sindicatos y patronales para otorgar los 993 millones de euros provenientes del Real Decreto Ley 5/2021 y va dirigida a satisfacer la deuda y los pagos a proveedores y otros acreedores, financieros o no financieros, así como los costes fijos incurridos pendientes de pago.

Se trata de una ampliación de la convocatoria con los fondos sobrantes de la primera, donde hay que cumplir los mismos criterios de endeudamiento, pero ahora está abierta a todos los sectores económicos, excepto aquellos excluidos expresamente al RDL, como el financiero.


¿QUIÉN PUEDE RECIBIR LAS AYUDAS Y CUÁLES SON LOS REQUISITOS?

Los beneficiarios

Todas las personas empresarias o profesionales autónomos, empresas, grupos de empresas de consolidación fiscal, sociedades civiles y entidades en atribución de rentas.

Los requisitos

  • Haber ejercido la actividad durante 2019 y 2020, y continuar en activo.
  • Tener el domicilio fiscal en Catalunya, o establecimiento permanente, en caso de entidades no residentes no financieras que operen en el Estado.
  • Tener deuda pendiente de satisfacer a proveedores y otros acreedores, financieros o no financieros, costes fijos incurridos pendientes de pago. La deuda debe haber devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y ha de proceder de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021.
  • Adicionalmente, los solicitantes que tributen por el régimen de estimación directa en IRPF, Impuesto de Sociedades o Atribución de Rentas deberán acreditar deudas pendientes subvencionables iguales o superiores a 4.000 euros y un descenso de más del 30% respecto el 2019 del volumen de operaciones anual.

Exclusiones

Estar en alguna de las siguientes situaciones:

  • Tributar por el régimen de estimación directa si el volumen de deudas es inferior a 4.000 euros o se haya declarado un resultado neto negativo en el IRPF de 2019.
  • Tributar por el Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes en 2019, si la base imponible resultó negativa.
  • Haber recibido más de 1,8 millones de euros en ayudas directas (270.000 euros para empresas de pesca y acuicultura y de 225.000 euros para empresas agrícolas), o bien más de 10 millones de euros en ayudas por costes fijos.

Una vez otorgada la ayuda, los beneficiarios deberán cumplir una serie de obligaciones, como comprometerse a mantener la actividad durante al menos un año, hasta el 30 de julio de 2022, o no repartir dividendos entre este ejercicio económico y el próximo.


Presentación del acuerdo, con el president de la Generalitat, Pere Aragonès, los consellers Jaume Giró y Roger Torrent, y los agentes sociales. ©Generalitat de Catalunya

Más de 30.000 beneficiados en la primera convocatoria

31.217 profesionales autónomos y empresas ya han pedido la ayuda a la solvencia empresarial desde que se abrió la primera línea de ayudas el pasado 21 de junio y recibirán 530 millones de euros, el 53% del total de dotación del plan.

Del número total de solicitudes presentadas, 27.907 fueron de de trabajadores autónomos, profesionales y pequeñas empresas (como máximo 10 trabajadores) y 3.310 de empresas de más de 10 trabajadores.

Toda la información sobre las ayudas y preguntas frecuentes se pueden consultar en Canal Empresa y en la web del Departament d’Empresa i Treball.